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Sobre las vacaciones.
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Foros :: FAQ "Preguntas más frecuentes" :: Sobre las vacaciones.
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Publicado: 2011-03-14 23:45:15 1.- El plazo de las vacaciones será de 9 bloques de 5 días, total 45 días.
2.- Todos a consumir si son necesarios en un año.
3.-No son acumulables año tras año.
4.-Al empezar el año, se ponen a cero y vuelven los 9 bloques. Si alguien se inscribe a mediados de año, o en cualquier momento del año, el sistema le da bloques en proporción al tiempo que queda de año.
5.- Cuando se disfrute de vacaciones, por ejemplo un bloque de 5 días se añadirán a las 192 horas, es decir en nuestra casilla aparecerá que quedan 312 horas para mover (13 días), ese tiempo irá disminuyendo hasta 0, momento en que se acabará el tiempo, y si no se contesta, se perderá la partida.
6.- Es cierto que el cartel de "estas de vacaciones" no aparecerá, pero si el tiempo que tienes para mover, por lo tanto todo lo que supere las 192 horas serán las vacaciones que te quedarán y si entras en la página sabrás que estás de vacaciones al observar esa suma extra a las 192 horas.
7.- Al contrario o rival le seguirá apareciendo el cartel conforme estás de vacaciones, y la fecha de cuando acaban las vacaciones, a esa fecha habrá que sumarle los 8 días o 192 horas.
Resumen de posibilidades y como se comportaría el sistema:
Imagine que usted y yo empezamos una partida, usted con blancas y yo con negras, en la jugada número 14 deseo coger 5 días de vacaciones, de tal manera que pido un bloque que equivale a esos 5 días y muevo pieza. Usted recibe el email con la jugada y realiza la suya, en ese momento ya queda bloqueada la partida y figuro yo de vacaciones.
El sistema facilita que el jugador que solicita vacaciones pueda "mover" si le es posible sin que se modifique el periodo, esto en todo caso no entorpece, más bien agiliza la partida.
Imagine ahora que pasados dos días del periodo que pedí, realizo un movimiento, a usted le llega dicho movimiento y realiza el suyo, yo paso a continuar con mis vacaciones faltándome entonces tres días, mas los 8 días o 192 horas reglamentarias por movimiento, repito, solo cuando acaben las vacaciones. |
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